viernes, 29 de enero de 2010

Jornada escolar

horario del alumnado.

La racionalización del horario del alumnado ha de tener en cuenta la necesidad de garantizar la coherencia pedagógica del conjunto de actividades.

1.5.1. Flexibilidad y horarios especiales

Los horarios que hacen referencia a la enseñanza reglada obligatoria han de estar adaptados a las características de cada edad. Así por ejemplo los, alumnos más pequeños tendrían que gozar de una normativa general más flexible que la de las otras etapas.

Por lo que afecta a la enseñanza post-obligatoria, se garantizará una oferta suficiente de estudios con horario especial que permita el acceso a la educación de los sectores de la población que, por estar trabajando, no puedan acceder en los horarios normales.


1.5.2. Períodos lectivos y descansos.

Una pedagogía que tenga en cuenta el desarrollo del alumnado pide una correcta sucesión de tiempos de descansos y de trabajo para que éste sea realmente útil. Así el tiempo de diferentes sesiones de trabajo, ha de adaptarse a la edad, con la inclusión de períodos de descanso.

Los períodos lectivos ordinariamente serán de mañana y tarde. Estos períodos no podrán exceder de cuatro horas lectivas (incluyendo un intervalo de descanso) en la educación infantil y las etapas obligatorias. En la enseñanza obligatoria será necesario establecer pausas de 3O minutos cuando los períodos de trabajo sean de más de tres horas seguidas. El descanso para comer será de dos horas como mínimo. En la enseñanza post obligatoria, se podrán hacer horarios intensivos para el alumnado.

Las jornadas lectivas de la mañana, para la enseñanza infantil y obligatoria se podrán establecer de manera no ordinaria, en los períodos y circunstancias que se determinen según el

procedimiento que se regula en el apartado 2.1.2.

1.5.3. Horario total de permanencia del alumnado en el centro.

Por necesidades sociales, es bastante frecuente la permanencia de alumnos en el centro por períodos largos de tiempo (9 horas o más). A veces la familia no puede asumir un contacto más permanente con los hijos y se plantea que lo haga la escuela. Sin contradecir esta necesidad social, es necesario fomentar la importancia de las relaciones entre padres e hijos en el ámbito familiar, con tal que puedan gozar del contacto afectivo y de relaciones en general, las cuales están en la base de un desarrollo armónico de la personalidad.

El horario de permanencia del alumno en el Centro ha de estar regulado y controlado, sea cual sea la actividad que realice, teniendo en cuenta su edad y concretamente quién se responsabiliza de las actividades de cada caso y en cada período.

El tiempo global de permanencia en el centro por el alumnado (actividades lectivas, de servicios y extraescolares) será regulado por el Consejo Escolar. A pesar de todo consideramos que es conveniente no superar las 45 horas semanales de permanencia en el centro en la Educación Primaria, Secundaria Obligatoria y Post-obligatoria.

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